Declara la NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia dictada en fecha 17 de noviembre del año 2000 por el Tribunal Mixto de Primera Instancia Primero, en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Barlovento, mediante la cual se condenó a la ciudadano AIDA LUZ VILLALOBOS DE DIX, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.399.672, a cumplir la pena de UN (01) AÑOS DE PRISION, como autora delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 465 ordinal 2º del Código Penal, en concordancia con el artículo 464 ejusdem; por incurrir la sentencia dictada en vicios de FALTA DE MOTIVACIÓN DE LA SENTENCIA, e ILOGICIDAD, previstos en el numeral 2º del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ordena la realización de un nuevo juicio ante un Juez distinto al que dicto el fallo que hoy se anula, con todas las garantías propias del debido proceso para todas las partes intervinientes, de conformidad con lo establecido en lo.....