CONDENA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir CUATRO (04) AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por haber admitido su responsabilidad en la comisión de los delitos de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORIA, LESIONES PERSONALES LEVES EN GRADO DE COAUTORIA y OCULTACION DE ARMA DE FUEGO, previsto en los artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y artículo 83 del Código Penal, artículos 413 en relación con el articulo 83, 277 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano FERNANDO ALONZO SECO ACOSTA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 620 Literal "f", en relación con el artículo 628 Parágrafo Segundo, Literal a), y artículo 583 todos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sanción que ha de cumplir en el centro que designe el Juez de Ejecución.