Todo ello en el procedimiento que por oferta real incoara la Entidad de Trabajo INVERSIONES LOMBAR MOLIN C.A debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19-05-2006, bajo el No.61, Tomo 66-A, a favor del oferido ciudadano ALBERTH NICOLAS ACEVEDO CACERES, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad No.17.457.613.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal.
Se ordena la publicación de la presente decisión en la página WEB del Tribunal Supremo de Justicia en el site denominada Región Miranda.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución.....