Por todas las consideraciones anteriores este Juzgado, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO ARRENDATICIO interpuesta por GUILLERMO MUÑOZ GELDER contra JUAN JOSÉ KASSABJI BETTAR, plenamente identificados al comienzo de este fallo. En consecuencia, se condena al demandado en los siguientes pedimentos del demandante:
PRIMERO: Se ordena el DESALOJO inmediato del inmueble propiedad del demandante arrendado al demandado.
SEGUNDO: Como consecuencia del DESALOJO decretado se ordena al demandado hacerle entrega real y efectiva, de manera inmediata, al demandante, del inmueble objeto de la relación arrendaticia constituido por el apartamento situado en la mezzanina del edificio EL CENTRO, situado en la Avenida Bermúdez con Calle Santa Rosalía de la ciudad de Guatire, jurisdicción del Municipio Zamora del Estado Miranda.
TERCERO: Se ordena al demandado pagar a la demandante la cantidad de D.....