En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO a la Acción de Amparo Constitucional interpuesto las profesionales del derecho LEIDA ESCALANTE y ZOMARIS PADILLA DE BARRIOS, INPREABOGADO Nros. 26.858 y 81.982, en su condición de defensoras privadas del ciudadano IVAN ULISES ROMAN MANZANO, titular de la cedula de identidad Nº V-20.482.124.SEGUNDO: Vista la naturaleza de la presente decisión, no se condena en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala Tercera de la Corte de Apelaciones Ordinaria y de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Ocum.....