...Declara Con Lugar el requerimiento presentado por el Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda; en virtud de encontrarse llenos los extremos exigidos en el artículo 250 y 251 numerales 1, 4 y parágrafo segundo, ambos del Código Orgánico Procesal Penal; en concordancia con lo dispuesto en los artículos 9, 243, 244, 247, eiusdem, en relación con el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia se ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano Juan Carlos Cabrera Rodríguez, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.453.694, de profesión u oficio herrero, de estado civil soltero, nacido el 12/02/1960, natural de Caracas, Distrito Capital, residenciado en Carretera Panamericana, kilometro 24, Barrio Buenos Aires, Taller de Herrería Km. 24, Los Teques, Estado Miranda, quien deberá ser conducido ante este órgano jurisdiccional, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su aprehensión.....