Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA al ciudadano VENTURA MACHILLANDA GONZALEZ, quien se encuentra asistido en la defensa por la Abogada JESSICA VOLWEIDER, Defensora Pública Sexta, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de SIMAID ANDREINA DIAZ BENITEZ; una vez admitidos los hechos objeto de la acusación presentada.
SEGUNDO: Asimismo se CONDENA al acusado, ciudadano VENTURA MACHILLANDA GONZALEZ, a las penas accesorias de prisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Código Penal.....