DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procediendo de Oficio, ACUERDA: Conceder la medida alternativa de cumplimiento de condena de LIBERTAD CONDICIONAL, por un lapso TRES (03) AÑOS, DEICISIETE (17) DÍAS y OCHO (08) HORAS DE PRISIÓN, tiempo de la pena que le falta por cumplir, al penado RICHARD ALEXANDER NUÑEZ AZOCAR, titular de la Cédula de Identidad N° 12.152.358, residenciado en la calle El Araguaney, sector El Latón, frente a la Iglesia Evangélica, Paracotos, Estado Miranda; igualmente se ordena imponer al referido penado de las obligaciones acordadas por este Tribunal, advirtiéndole que el incumplimiento de las mismas generará la revocatoria de dicha medida; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 479 ordinal 1°, 501 y 507, todos del Código Orgánico Procesa.....