Vencido como se encuentra el lapso de dos (02) días hábiles, sin que la parte actora haya subsanado el libelo de la demandada. En consecuencia, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial declara: la INADMISIBILIDAD de la demandada incoada para el ciudadano NUNEZ PRATO JOSE LUIS contra PUB BAR ZODIACO 2021,C.A, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y remítase la presente decisión. Siendo la una y treinta (1:30 p.m.) de la tarde a los veinticinco (25) días del mes de abril del año dos mil seis (2006)