.......La negativa de admisión de la reconvención será inapelable", y el artículo 35 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario como norma que rige el procedimiento en el juicio principal, establece "(...) el demandado podrá proponer reconvención, siempre que el Tribunal sea competente por la materia y la cuantía (...)", y así se decide.