...PRIMERO: En cuanto a la precalificación de los hechos realizada por el Ministerio Público como ROBO AGRAVADO, conforme a lo establecido en los artículos 455 en relación con el 458 ambos del Código Penal, cometido por ambos adolescentes, así como el delito de DETENTACION ILICITA DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 y 276 del Código Penal concatenado con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, acreditado al adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA, realizadas por la Representación Fiscal SE ADMITEN, y revisadas como han sido las actas que integran la presente causa y las exposiciones del Ministerio Público y la Defensa y vista las circunstancias de modo, tiempo y lugar en como sucedieron los hechos, que llevan a la convicción a este Tribunal que el adolescente investigado pudo haber estado involucrado en los hechos que se le imputan, por lo que considera esta Juzgadora en virtud al delito de mayor entidad calificado por el Ministerio Público invoca la MEDIDA CAUTELAR con.....