DISPOSITIVA
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; éste JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA MAGDANELA BETANCOURT DE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad número V-3.801.681; contra la Sociedad Mercantil PIZZERIA TASCA RESTAURANT DA´CARLOS SPORT BAR, C.A, por concepto de cobro de prestaciones sociales. Segundo: Se condena a la parte demandada a pagar a la actora, los siguientes conceptos: Prestación de Antigüedad, Utilidades Fraccionadas, Vacaciones Fraccionadas, Bono Vacacional Fraccionado, Salarios Caídos, Intereses Moratorios e Indexación o Corrección Monetaria. Tercero: Se ordena la reali.....