...Declara CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: YELITZA CAROLINA MONGES RANGEL y JEAN CARLOS GONZALEZ CANACHE, ambos cónyuges, venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.057.888 y V-6.683.436 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil Venezolano. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre ellos, contraído por ante la Jefatura Civil del Municipio Autónomo Acevedo Caucagua Estado Miranda en fecha 22 de Abril de 1989.