En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada ELIZABETH ZABALETA RAMOS, Fiscal Auxiliar Coordinadora de la Sala de Flagrancias de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: Se ANULA DE OFICIO la decisión dictada en el acto de Audiencia de Presentación de Aprehendido celebrada en fecha 28 de abril de 2013 dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, de conformidad con lo previsto en los artículos 26, 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 174, 175 y 179 todos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: SE REPONE la causa al estado en la que se encontraba.....