DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en los artículos 168 del Código Civil concatenado con los artículos, 895, 899, 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil vigente, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna. DECLARA PRIMERO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la Sucesión del de cujus ANDRES ABELINO LEÒN CARABALLO, venezolano, ex titular de la cédula de identidad N° V-2.875.677, a favor de la ciudadana NIBIA POTINA LEÒN BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de cédula de identidad N° V-6.443.334, actuando en su propio nombre y en representación de sus hermanos (coherederos) ciudadanos ROSELIA MARIA LEON BLANC.....