III
DECISIÓN.
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 14/08/2025, por la Dra. NINOSKA VALERA, en su condición de Jueza de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Brión y Eulalia Buróz de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Higuerote, en el proceso de amparo constitucional que incoara el ciudadano NELSON DANIEL DI PALMA, en contra de la Junta Directiva de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB EL AGUASAL, por haberse configurado el supuesto de hecho previsto en el artículo 82.6° del Código de Procedimiento Civil;
SEGUNDO: En atención a la sentencia vinculante dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supre.....