...ACUERDA PRISIÓN PREVENTIVA al adolescente suficientemente Identificados en Autos la cual se cumplirá en el Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia (SEPINAMI), con sede en la ciudad de los Teques, de conformidad con lo establecido en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en virtud de que nos encontramos en presencia de la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA Y PRIVACIÒN ILEGÌTIMA DE LIBERTAD hechos punibles considerados Graves por el Legislador Venezolano, de los que por vía excepcional pudiera tener como sanción Medida Privativa de Libertad, tal y como lo dispone el artículo 628 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, aunado al hecho que se ha constatado el "Fomus Boni Iuris" es decir la constatación de un hecho que aparentemente hace presumir la perpetración de un hecho punible y analizado el " Periculum in Mora" es decir que se considera que existe .....