PRIMERO: Declarar Con Lugar seguir los tramites por la vía del Procedimiento Ordinario, asimismo, este Tribunal se acoge a la precalificación Fiscal como ROBO AGRAVADO, a tenor de lo dispuesto en el artículo 458, en relación con el articulo 455 ambos del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda con lugar lo solicitado por el Ministerio Público, en consecuencia, se le impone a los adolescentes Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Protección del Niños, niñas y del Adolescente y Identidad Omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley de Protección del Niños, niñas y del Adolescente, la medida cautelar establecida en el articulo 582 literal "g" de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, cada adolescente deberá presentar por ante este Tribunal DOS (02) fiadores, que en su conjunto devenguen la cantidad de Cuarenta y Cinco (45), Unidades Tributarias, que además cumplan con los siguientes requisitos: Constancia de Trabajo.....