...declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos FRANCISCO JOSÉ HERNÁNDE BRAVO y SUSANA MARGARITA FERNÁNDEZ CARVAJAL, venezolanos, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cedulas de identidad Nos. V-4.887.394 y V-5.001.921, respectivamente, y en consecuencia, DISUELTO el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 02 de noviembre de 1984, ante el Jugado Tercero de Parroquia del Departamento Libertador del Distrito Federal y Estado Miranda, según consta del Acta de Matrimonio Nº 426, del año 1984; todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ.