Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la inhibición, planteada por la abogada Adalgiza T. Marcano Hernández, en su carácter de Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, extensión Valles del Tuy, quien se inhibió de seguir conociendo la causa distinguida con el Nº MP21-P-2013-015586, seguido en contra de la ciudadana: BARBARA DIOSENLY GONZALEZ CORDERO, titular de la cedula de identidad Nº V-23.101.004, a quien la Fiscal de la Sala de Flagrancias del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, le imputó la presunta comisión del delito de COAUTORA en el.....