...DISPOSITIVA:
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la TRANSACCIÓN celebrada por las partes litigante, en fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil veintidós (2022), en los mismos términos expuestos de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, así como del escrito de transacción de fecha 15.06.2022; y del presente fallo. En el entendido que dichas copias serán certificadas una vez conste en autos los respectivos fotostatos.
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