´´´Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA, interpuesta por el ciudadano HERNAN ALBERTO EUGENIO, abogado inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 313.727, quien actúa en su propio nombre contra la ciudadana MABEL ALEJANDRA CALDERON RIMIREZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.161.483. SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se ordena a la demandada MABEL ALEJANDRA CALDERON RIMIREZ a restituir, de forma inmediata y sin plazo alguno, a la parte actora, libre de bienes y personas, el bien inmueble constituido por un apartamento distinguido con la letra y los números B-PB-2, ubicado en la planta baja (PB) del Edificio "B", del condomi.....