DISPOSITIVA.
PRIMERO: Se ORDENA, Ratificar en todas y cada una de sus partes la Decisión dictada por este Tribunal en fecha Once (11) de Diciembre del 2.003, ratificando en consecuencia, con vista a las circunstancias descritas que dar origen al presente pronunciamiento, por considerar que no han variado los motivos y causas que dieron lugar a la Decisión de fecha: 11 de Diciembre del 2.003, dictada por este Tribunal, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos: 6, 12 y 23 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena mantener la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada al imputado: CAMEJO RODRIGUEZ ANGEL EDUARDO, venezolano, nacido el 17-03-1980, soltero, de oficio obrero, residenciado en el Sector el Rincón, Calle El Turpial, casa N0. 2, Santa Teresa del Tuy, Municipio Independencia del Estado Miranda y titular de la Cédula de Identidad N0. V-15.475.524, en fecha Dieciséis (16) de Febrero del 2.000, por el Tribunal Segundo de Co.....