emite los siguientes pronunciamientos: REVOCA, LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los imputados: YANCI ALFREDO ESTREMOR PAJARO, YURIS YOHANA JULIO TORRES, TORRES GOMEZ IDALIDES, ALVARO LOZANO MAGDANIEL, DIAZ RAMIREZ ALBERTO, ALAIN MOISES ZABALETA y WILSON ALVAREZ, En aplicación del Principio de la Proporcionalidad establecido en el articulo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Instancia interpreta el cuarto aparte del articulo 250, que establece la posibilidad de la solicitud de la prorroga de manera de extender dicho lapso cuando sea necesario hasta quince (15) días por parte del Ministerio Público, de manera estableciéndose cuarenta y cinco (45) días, para la interposición de dicho acto conclusivo, en la presente causa no consta acto conclusivo alguno y tampoco la solicitud de prorroga que deba solicitarse en los cinco (05) días anteriores al vencimiento de los treinta (30) días desde la aprehensión del imputado y por ello establece el legisl.....