..., Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: UDAR ELIGIO CORREA BARBOSA y NOHEMI FUENTES DE CORREA, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, venezolano el primero y colombiana la segunda, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.580.285 y E-81.279.552, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha veintinueve (29) de Octubre de Mil Novecientos Sesenta (1.960), por ante la Vicaria Padre Misericordioso de Canato Nuestra Señora de Chiquinquirá, Unidad Pastoral Nuestra Señora de la Chiquinquirá Colombia, según consta de Acta Nro 0633, Folio 0318 del Libro N° 0011 de Matrimonio llevado durante el año 1960, y debidamente inserta en el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, bajo el acta N° 14 del Libro N° 01 llevado por ese despacho durante el año 2007.-