....Evacuadas como han sido las presentes actuaciones que conforman la Solicitud de Justificativo de Testigos, presentada por las ciudadanas NAYLETH COROMOTO YÉPEZ ARRIECHE y NEBESKA ANDREINA LIZARDI ARRIECHI, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos V-14.092.009, V-30.458.013, respectivamente, sobre unas referidas bienhechurías, ubicadas en el Cuidad de los Teques, callejón El Castaño, casa Nº 04, Hacienda el Carmen, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda. Se devuelve las presentes actuaciones a la parte interesada, constante de dieciocho (18) folios, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil....