En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Control de la Extensión Valles del Tuy del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la Autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Encuentra CULPABLE a la acusada MARISELA DEL CARMEN BASTIDAS VELASQUEZ cedulado N° V-13.715.891, de la comisión del delito de HURTO AGRAVADO SOBRE OBJETOS EXPUESTOS A LA CONFIANZA PUBLICA tipificado en el artículo 454 Ordinal 8° del Código Penal vigente para la fecha en que ocurrieron los hechos; en consecuencia, SE CONDENA a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, todo de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se mantiene las medidas cautelares sustitutivas de libertad impuesta a la Acusada.
TERCERO: Se es.....