Primero: CON LUGAR la inhibición planteada el 29 de enero de 2013, por la Dra. ARIKAR BALZA SALOM, en su condición de Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial de Estado Miranda. Con sede en Ocumare del Tuy.
Segundo: Remítanse las presente actuaciones al Tribunal de origen.
Tercero: Regístrese, publíquese, incluso en la página Web de este despacho, y déjese copia de la presente decisión.