...DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE de PROPIEDAD, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de Terreno propiedad del Municipio Autónomo Acevedo con una extensión aproximadamente de doscientos cincuenta y cinco metros cuadrados con ocho decímetros cuadrados (255,08 mts2), ubicado en el final de la Calle Las Mercedes, Sector El Recreo Parroquia Caucuagua, Municipio Autónomo Acevedo del Estado Bolivariano de Miranda, y con un área de construcción de ciento veinte metros cuadrados con sesenta y siete decímetros cuadrados (120,67 mts2), de conformidad con lo dispuesto en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de la ciudadana CALIXTA ANTONIA BLANCO, venezolana, mayor de edad, soltera, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-2.693.777. ASI SE DECIDE.