En merito de las consideraciones precedentemente expuestas éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
Primero: INEXISTENTE el Acta de Deslinde practicada por el Juzgado del Municipio Los Salías de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, en fecha 19 de mayo de 2000 y en consecuencia sin efecto jurídico alguno la determinación de lindero provisional que contiene la referida acta.
Segundo: Como consecuencia del dispositivo anterior, se REVOCA, en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada en fecha 23 de octubre de 2003, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, la cual declaro con lugar la demanda de Deslinde Judicial interpuesta por la ciudadana JOSEFINA DE LOS REYES CASTRO, contra la ciudadana GRAC.....