declara:
PRIMERO: Con Lugar la cuestión Prejudicial.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo antes decidido se suspende el procedimiento seguido por ante este Tribunal por la ciudadana KATIUSKA TRINIDAD RODRIGUEZ SEPULVEDA contra la ASOCIACION CIVIL DE CONDUCTORES DE ACONGAGUA, ambos identificados suficientemente, por CALIFICACION DE DESPIDO, hasta tanto se resuelva la cuestión prejudicial que ha sido declarada por este Tribunal la cual es determinante para resolver la presente causa, quedando entendido que el presente libelo de demanda se admitirá y continuará su curso una vez que conste a los autos que la cuestión prejudicial ha sido resuelta, para lo cual, se insta a la parte actora aportar los datos completos de el RECURSO DE AMPARO que cursa por ante el Tribunal Civil de Primera Instancia de Los Teques, una vez suministrados los datos se ordenará oficiar al Tribunal antes señalado, a los fines de que una vez que sea producido el fallo en el referido procedimiento sea informado a e.....