Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA APELACION interpuesta por el Apoderado Judicial de la parte accionada Abg. CARLOS NUÑEZ, contra la Sentencia definitiva dictada en fecha en fecha 09 de abril de 2013. Así se decide.