Por los fundamentos expuestos, este administrador de Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara aprobado y homologado el desistimiento de la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, suscrito por el ciudadano KLEEDER ENRIQUE GARCÍA HERNÁNDEZ, ampliamente identificado, en fecha 1° de diciembre de 2015, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento.