REVOCA la medida cautelar sustitutivas libertad acordada en fecha 19/11/1.999 en favor de los ciudadanos: Meza Alvarado Martha Filadelfia, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.885.099 y Alvarado Pacheco Roberto, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.001.271; de conformidad con establecido en el artículo 262 numerales segundo y tercero del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia se ordena su inmediata reclusión para el primero de los casos en el Instituto de Orientación Femenina y para el segundo en el internado judicial de la ciudad de Los Teques.-
Líbrense las correspondientes boletas de encarcelación y remítanse con oficio a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas con sede en la ciudad de Caracas.-
Notifíquense a las partes conforme al contenido del artículo 175 en su único aparte de nuestra norma adjetiva penal.-
El juez
Dr. Ricardo Rangel Avilés .....