REVOCA la FÓRMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO acordada a favor del penado DIAZ VICTOR JOSE, titular de Cédula de Identidad Nro. 8.676.965, en razón de haber incumplido el mismo con las obligaciones de pernoctar todos los días en Internado Judicial de Los Teques y presentarse ante el Delegado de Prueba que le fue asignado, contraídas al momento de otorgársele la mencionada fórmula de cumplimiento de pena, de conformidad con el artículo 512 en concordancia con el numeral 1 del artículo 479 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y a consecuencia de ello se ordena su aprehensión y su inmediato traslado al referido Internado.
Regístrese, Diarícese, Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Competencia en Régimen Penitenciario y Ejecución de Sentencias, a la Defensora Público Penal, ofíciese al Jefe de la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas Pen.....