Decreta a la ciudadano FELIX RAMÓN MOSCO, la aplicación de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el artículo 256 ordinales 3° 6° y 8° del Código Orgánico Procesal Penal, el imputado deberá presentarse cada Quince (15) días ante la Fiscalia Octava con Sede en Caucagua con respecto al ordinal 6° tiene la prohibición de acercarse a la victima NAZARETH BELLY MOSCO, por el ordinal 8° deberá presentar dos fiadores que en su conjunto acrediten a este Tribunal treinta (30) Unidades Tributarias, los cuales consignaran carta de buena conducta, carta de residencia, constancia de trabajo reciente, los tres últimos recibos de nómina, si es persona jurídica la última declaración del Impuesto Sobre la Renta, Balance Personal de la Persona que afianzará, y Registro Mercantil certificado.