declara: PRIMERO: En estado de Interdicción Provisional al ciudadano FRANCISCO GALLARDO VARELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.148.399. SEGUNDO: Se nombra como Tutora Interina a la ciudadana EMILIA VARELA de GALLARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.505.165, en su carácter de madre, filiación esta que se evidencia del acta de nacimiento consignada en autos, a quien se ordena notificarle a los fines de la aceptación o excusa al cargo recaído en su persona y, en el primero de los casos preste el juramento de Ley. Por consiguiente, se declara abierta a pruebas la presente causa a partir que conste en autos la referida aceptación, todo ello de conformidad con lo establecido en el primer (1°) aparte del artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. TERCERO: Se ordena la protocolización del presente fallo ante la Oficina de Registro Civil correspondiente ello de conformidad con el artículo 3 ordinal 7° de la Ley Org.....