DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección: El Milagro, sector 7, vereda 3, La Esmeralda 2, Guatire, Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: En cinco metros con treinta y cinco centímetros (5,35 mts) con vereda 3; SUR: En cinco metros con ochenta y siete centímetros (5,87 mts) con calle de acceso; ESTE: En siete metros con sesenta y ocho centímetros (7,68 nts) más cuatro metros con noventa y dos centímetros (4,92 mts) con vereda 3 y OESTE: En trece metros con cuatro centímetros (13,04 mtrs) con casa que es o fue de Jesús Muñoz. Con una superficie de construcción de 76,35 M2, a favor del ciudadano PASTOR URBINA, venezolano, mayor de edad, divorciado, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.436.086. Se dejan a salvo los derechos de terceros