Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio JOSÉ ANTONIO GONCALVES RODRÍGUEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda en fecha 15 febrero de 2024, la cual se CONFIRMA CON DISTINTA MOTIVA.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL interpuesta por la ciudadana OLGA AUFIERO DE LEONE, contra la sociedadmercantil AUTO REPUESTOS RONDOSAN, C.A., de conformidad con lo previsto en los literales "a" e "i" del artículo 40 de la Ley de Regulación del Arr.....