Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, en funciones de Juicio, con Extensión Barlovento, actuando en forma Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en forma unánime ABSUELVE al ciudadano CORASPE CÁCERES JAIRO MELQUIADES, ampliamente identificado en el encabezamiento de esta sentencia, del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el artículo 83 ambos del Código Penal, por el cual presentó acusación la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Miranda; por cuanto no quedó demostrado en el juicio oral y público que dicho ciudadano haya sido el autor del mencionado ilícito. SEGUNDO: SE ORDENA el cese de la medida de coerción personal que pesa sobre el ciudadano CORASPE CÁCERES JAIRO MELQUIADES, y, en consecuencia, SE DECRETA su Libertad Plena......