Se CONDENA a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA, A cumplir la sanción de OCHO (8) MESES DE LIBERTAD ASISTIDA, por ser responsable penalmente de la comisión del delito de LESIONES MENOS GRAVES EN RIÑA, previsto y sancionado en el artículo 413 en concordancia con el artículo 425, ambos del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana VICTORIA EUDIMAR CASTILLO PALACIOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual se aplica por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 620 literal " b", 622 y 626 EN RELACION CON EL ART 375 DEL CÒDIGO ORGÀNICO PROCESAL PENAL todos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes.