Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, mediante la cual CONDENO a los penados TOVAR ALEXIS ALEXANDER Titular de la Cédula de Identidad N° 15.698.909 a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, por ser autor responsable de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA previsto y sancionado en los artículos 460, en relación con lo establecido en el 80 primer aparte, en concordancia con lo establecido en los artículos 82 y 83 todos del Código Penal, Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal en relación con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos Y LUIS YUBANI BEOMON, Titular de la Cédula de Identidad N° 6.967.219, a cumplir la pena de a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS OCHO (08) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de los de.....