Emite los siguientes pronunciamientos: DECLARA Prescrita la Sanción impuesta al joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, y en consecuencia DECRETA la extinción de la medida, y la Libertad Plena, seguida al joven adulto: IDENTIFICACION OMITIDA, por la comisión del Delito HURTO CON FRACTURA previsto en el articulo 455 Ordinal 4º del Código Penal en concordancia con el articulo 83 ejusdem, POR HABER OPERADO DE PLENO DERECHO LA PRESCRIPCIÓN de la Sanción. En perjuicio de la colectividad Y ASI SE DECLARA. Así mismo se ordena al centro de información policial que el joven adulto antes identificado sea excluido de pantalla.