....DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE de PROPIEDAD, sobre las bienhechurias descritas en la solicitud y que se encuentran construidas sobre un lote de Terreno cuya Propiedad corresponde al (INTi), ubicado en el sector, El Márquez de la carretera que conduce de Caucagua a Aragüita, Parroquia Aragüita de la jurisdicción del Municipio Acevedo, Estado Miranda, a favor de la ciudadana CARMEN EUSEBIA LOVERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº V-8.592.033, ASI SE DECIDE. Se advierte expresamente que se dejan a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse los originales a la parte interesada.-