En consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente acción.
SEGUNDO: Se condena a la empresa TALLER TORNO ELIAS, C.A. sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Séptimo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda, en fecha 18 de de Julio de 2001, quedando anotada bajo el numero 48, Tomo 202-A-VII, domiciliada en la Calle 3 del Sector la Tortuga, al lado de la Bodega de Chepo, en la población de Santa Teresa del Tuy, Municipio Autónomo Independencia del Estado Miranda., representada por el ciudadano ELIAS ANTONIO ZAMBRANO, quien es venezolano, mayor de edad, con cedula de identidad V.-6.408.412, en su carácter de Presidente, a pagar a favor de la parte demandante URIMAR ALEXANDER.....