Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus TITO JOSE EGURROLA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.113.458, a sus hijos los ciudadanos MARIELEN BEATRIZ EGURROLA ALMEIDA, NELEYMAR JOHELI EGURROLA ALMEIDA y JOSE MANUEL EGURROLA ALMEIDA