DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la Dra. LOURDES COROMOTO AROCHA GUTIERREZ, en su carácter de defensora del ciudadano CASTRO GUANIPA HEISER JOSE, de la solicitud de una medida cautelar menos gravosa, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 243, en relación con los artículos 244 y 253, en concordancia con lo previsto en el artículo 251 numeral 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal.