...Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: LUIS MENDOZA JIMENEZ y MARIELA PEREZ DE MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, conyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.522.127 y V-6.554.006, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 15 de noviembre de 1985, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Vega, hoy Distrito Capital, según consta de Acta Nro 296, folios 296, del Libro de Matrimonio llevado por ese Juzgado durante el año 1985.-