"...este Tribunal de Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1.- SIN LUGAR la demanda por DESALOJO interpuesta por la ciudadana NIEVES GARCIA BELEN MARINA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-6.156.574 en su carácter de arrendadora representada por el Abogado en ejercicio Dr. CARLOS EDUARDO NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.099, conforme Documento Poder Apud-Acta otorgado ante la Secretaría de este Tribunal, contra el ciudadano GONZALEZ GONZALEZ TONY RAMON, venezolano, titular de la Cédula de Identidad NºV-10.488.269, en su carácter de arrendatario, asistido por el Profesional del Derecho Dr. JOSE RAFAEL PEINADO FARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 76.998.-
SE CONDENA en costas a la parte demandante ciudadan.....