PARTE DISPOSITIVA
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS y BIENES EN DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos: DARNEL NAZARETH LUCENA HERNÁNDEZ Y LUSMILA SARAY PEREZ PALMA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-19.627.940 y V-17-688.725, respectivamente.-
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CÓNYUGAL existente entre ellos, contraídos en fecha 17 de Julio del 2014, según consta en Acta Nro.261, Folio 11, en el Registro Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano Miranda de los Libros de Matrimonio llevados por ese Despacho.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscr.....